Absuelto de un delito de maltrato habitual y un delito de lesiones, ambos en el ámbito familiar

 

 

Un vecino de Oviedo, para el que el Ministerio Fiscal solicitaba la pena de 9 meses de prisión, mientras que
la acusación particular solicitaban la pena de 15 meses por un delito de maltrato habitual y
otros 9 meses por un delito de lesiones, ambos en el ámbito familiar, ha sido absuelto por el
Juzgado de lo Penal n º 4 de Oviedo.

Según el relato de hechos del Fiscal y de la acusación particular, el acusado, que tenía una
relación sentimental y de convivencia con la presunta agredida, mantuvo una discusión en un
conocido local hostelero de Colloto con su ex pareja y el hijo de esta.

La sentencia del Juzgado de lo Penal n º 4 de Oviedo recoge las tesis del abogado que se hizo
cargo de su defensa en el acto de la vista, Pedro Paulino Sánchez, de asturlex abogados, el cual
solicitó la libre absolución de su representado con base en que no había prueba de que el
acusado fuese el autor de las lesiones que presentaba la denunciante.

La sentencia señala la escasa credibilidad de la denunciante y del hijo de la misma, los cuales
podrían tener un móvil espurio a la hora de interponer la denuncia, al sospechar ambos de que
el acusado mantenía una relación sentimental con una tercera persona.

Igualmente, se señala que la denunciante se encontraba desde hace años a tratamiento
psicológico, y que la testifical de los agentes de la policía nacional que intervinieron en su
momento desacredita la versión de la denunciante.

En lo que respecta a la acusación de maltrato habitual, la misma es igualmente desestimada al
entender que no se ha acreditado en modo alguno la existencia del mismo, únicamente
discrepancias que no exceden de las habituales en un matrimonio, indicativas de una relación
deteriorada.

Por todo lo anterior, el Magistrado absolvió al acusado de las penas solicitadas.

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