La inclusión indebida en lista de morosos tiene consecuencias para las empresas responsables
El Juzgado de Primera Instancia 1 de Siero condena a una compañía de telefonía a indemnizar a una cliente de nuestro despacho, por daño al honor
El motivo: haber incluido indebidamente a la misma en una lista de morosos.
La perjudicada solicitó la ayuda de nuestro despacho al ver denegada la contratación de una línea de telefonía.
La causa de dicha negativa obedecía a su presencia en una lista de morosos segun informó la compañía.
Ni la empresa responsable del fichero de morosos ni la de telefonía aceptaron rectificar la indebida inclusión de forma voluntaria
Por tanto acudimos a la vía judicial en la que se reclamó además de la cancelación de la inclusión en el fichero de morosos, una indemnización por el daño moral causado por la indebida inclusión.
El Juzgado estimó acreditada la inclusión indebida ya que se demostró que la deuda nada tenía que ver con la demandante.
Además condenó a indemnizar a la misma en la cantidad de 7.000 Euros.