La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo considera contrario a la Ley que el reglamento del Impuesto de Transmisiones Provisionales y Actos Jurídicos Documentados imponga el pago del impuesto por la inscripción de la hipoteca al hipotecado.
El Tribunal considera que quien tiene interés en el otorgamiento de la escritura y la inscripción de la hipoteca es la entidad financiera y por tanto es quien debe abonar el tributo correspondiente.
Dicha sentencia abre la puerta a reclamar el pago del impuesto que se haya efectuado por los hipotecados