Impugnación de denegaciones por mutua de la prestación por cese de actividad a autónomos

 

 

A raíz del Real Decreto de estado de alarma muchos autónomos han tenido que cesar en su actividad y solicitar la prestación correspondiente por cese de actividad.

Dicha prestación corresponde a las Mutuas Laborales.

Sin embargo las Mutuas están denegando el derecho a la prestación por considerar que la actividad del autónomo no se encuentra suspendida.

Para ello no tienen en cuenta el estado real en que se desarrollaba la actividad sino únicamente la clasificación estadística CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas).

Entendemos que dicha denegación no es conforme con lo previsto en el Decreto Ley 8/2.020 de 17 de marzo.

El Decreto en ningún momento se remite a dicha clasificación meramente estadística.

Debe atenderse a las condiciones reales de ejercicio de la actividad y que debido precisamente a ellas ha tenido que suspenderse.

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